Estadísticas de las exportaciones españolas de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, año 2021

Subdirección General de Comercio Internacional de Material de Defensa y Doble Uso

##plugins.themes.bootstrap3.article.main##

Publicado: jul 29, 2022
Resumen

La Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso establece en su artículo 16 la obligación del envío semestral al Congreso de los Diputados de los datos de las exportaciones de material de defensa y de doble uso del último periodo de referencia.


Las estadísticas españolas se encuentran entre las más completas en este ámbito en cuanto a cantidad y calidad de la información suministrada. Prácticamente cada año se incorporan mejoras en el informe anual. En el informe de 2021 se han incluido como novedades las fechas de las reuniones en el año 2021 de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU), las fechas de las denegaciones y de los casos en los que se aplicó la cláusula catch-all en aplicación del artículo 4 del Reglamento (UE) 2021/821 del Consejo, de 20 de mayo, de productos de doble uso, y, en un anexo al informe, un análisis comparativo con años anteriores de la evolución de las exportaciones.


España ofrece datos de operaciones autorizadas y realizadas. El proceso de obtención, comprobación y elaboración de los datos de las exportaciones realizadas implica un esfuerzo notable por parte del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales y de la Secretaría de Estado de Comercio.


La desagregación de los datos en el informe es similar a la que figura en las estadísticas elaboradas por los países de la Unión Europea y por aquellos que forman parte de los principales foros internacionales de no proliferación. Se hacen constar las categorías de productos de las listas internacionales de control (veintidós en material de defensa y diez en doble uso).


Asimismo, el informe de estadísticas incluye un cuadro con información detallada de todas las operaciones realizadas que superen los 10 millones de euros. Esta fue una de las recomendaciones incluidas en el Dictamen de 2009 elaborado por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados. A partir del informe de estadísticas de 2014 se ha venido incluyendo un cuadro con aquellas operaciones autorizadas por encima de 100 millones de euros, siendo este un umbral razonable dado el elevado número de solicitudes que se tramitan. Otra información relevante es la correspondiente a los programas de cooperación de defensa en los que participan las empresas españolas.

##plugins.themes.bootstrap3.article.details##

Palabras clave:
material de defensa, doble uso, exportaciones autorizadas y realizadas, foros internacionales de no proliferación, claúsula catch-all, sanciones internacionales, denegaciones, instrumento de verificación en destino, Tratado sobre el Comercio de Armas